La Sección Cuarta rechaza la solicitud de la Fiscalía y considera que no ha lugar a decretar su ingreso en prisión provisional porque entiende que el riesgo de fuga es “inexistente”. El Tribunal, que le condenó el pasado mes de octubre a 10 años y 5 meses de prisión, impone al penado como medidas cautelares la retirada de pasaporte con prohibición de salida del territorio nacional y la obligación de comparecer el primer lunes de cada mes en el juzgado de su domicilio.
En la resolución, el tribunal mantiene: "la finalidad de la prisión provisional no puede, en ningún caso, la de adelantar los efectos de una hipotética pena que pudiera serle impuesta al acusado".