La Audiencia Provincial de Murcia condena a 5 cinco años de prisión a dos pateristas por un delito contra los derechos de los extranjeros y cuatro delitos de homicidio por imprudencia grave. Además, deberán indemnizar con 100.000 euros a los herederos de cada uno de los fallecidos.
La Sección 5 (con sede en Cartagena) considera que ambos acusados “promovieron de forma directa la inmigración clandestina de personas desde Argelia”, efectuando la entrada en territorio español de forma irregular “con la intención de enriquecerse ilícitamente”.
La sentencia declara probado, y así lo reconocieron expresamente los acusados al inicio de la vista, que, el 7 de junio de 2022, salieron de las costas de Mostaganem (Argelia) patroneando una embarcación de fibra tipo patera con un total de 16 personas de nacionalidad argelina, entre los cuales se encontraba una mujer y sus tres hijos menores de edad.
Los acusados eran los encargados de conducir la embarcación, guiados por un GPS del móvil y de repostar combustible “mediante un sistema de alimentación casero”. En concreto, uno de ellos manipulaba, sin parar la marcha del bote, la manguera que conectaba el motor con bidones de gasolina que se encontraban a bordo, con un riesgo notable para los ocupantes, explica la resolución.
Tras tres horas de travesía, “el conductor puso la frágil embarcación a una velocidad excesiva” provocando, tras un golpe de mar, un agujero en la bañera por el que entraba gran cantidad de agua. Finalmente, la lancha se hundió quedando sus ocupantes a la deriva durante 12 horas, hasta que fueron finalmente rescatados por las autoridades españolas.
Cuatro de los ocupantes, tres adultos y un menor, no pudieron ser rescatados con vida y fallecieron ahogados.
Los magistrados consideran probado, además, que la embarcación no estaba preparada para soportar las condiciones de viento y oleaje, “menos para la realización de un trayecto de unas 133 millas náuticas” y “mucho menos para llevar tanta gente a bordo”. Y concluyen, que la patera no contaba “con los mínimos elementos de seguridad, como chalecos salvavidas para todos los ocupante, bengalas o balizas de señalamiento, por lo que la travesía puso en peligro la vida e integridad de todos los que viajaron a bordo”.
Así, la Audiencia los condena, como autores de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, a la pena de 2 años de prisión, y de cuatro delitos de homicidio por imprudencia “en concurso ideal entre sí”, a otros 3 años de prisión. Además, deberán indemnizar “conjunta y solidariamente”, a los herederos de los fallecidos en la cantidad de 100.000 euros para cada uno de ellos.
La sentencia no es firme, contra ella cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia.