Los senadores de VOX hacen referencia en su exposición de motivos a “la estrategia tramposa diseñada por el entramado terrorista ETA/Batasuna con el objetivo de que el ilegalizado brazo político de ETA participase en la misma democracia española que esta banda terrorista quiso destruir a golpe de fraude sistemático y de mil asesinatos”. Una estrategia que comenzó en 2004, cuando el presidente del Gobierno de España era el socialista José Luis Rodríguez Zapatero.
“Desde aquellos momentos, las cesiones del Gobierno de España, y la colaboración de los ejecutivos regionales vasco y navarro, ante la banda terrorista o a sus representantes políticos, etarras o filoetarras, han sido constantes”, reprueban los senadores de VOX, quienes lamentan que “a tal punto ha llegado esta degradación, que la gobernabilidad de España descansa hoy, casi íntegramente, en un partido -hoy ya podemos decirlo- formado por terroristas”.
Así, España afronta el próximo domingo, 28 de mayo, unas elecciones municipales en toda la Nación, y, “una vez más, ETA ha intentado -y, por ahora, conseguido- burlar la Ley de Partidos Políticos al incluir en las candidaturas municipales de EH Bildu a 44 miembros condenados de la banda terrorista ETA, 37 por pertenencia y colaboración con banda armada y 7 con delitos de sangre”.
Evadir la Ley
Advierten los representantes de VOX en el Senado que “no es la primera vez, ni será la última, que ETA intenta evadir la aplicación de la ley para entrar en las instituciones democráticas”.
Una organización que, recuerda VOX, “sigue utilizando campañas e iniciativas de apoyo a presos de la banda terrorista ETA, agrupadas principalmente en la campaña permanente Euskal Presoak Euskal Herrira«, según también hechos Probados por sentencia judicial.
Por ello, VOX insta a que el Gobierno de España, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos, solicite la ilegalización de Euskal Herria Bildu, al entender que en su actividad ha vulnerado los principios democráticos al haber incurrido de forma grave en los supuestos contemplados en el artículo 9 de la citada Ley Orgánica.