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El colapso en los registros civiles podría hacer estallar la cifra de muertes por coronavirus

Por Germán Martín
sábado 25 de abril de 2020, 13:20h

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La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato mayoritario en la Administración de Justicia, ha dado la voz de alarma sobre el importante retraso en el cómputo de fallecidos por coronavirus por el retraso ocasionado por el colapso de los registros civiles.

El Gobierno no se aclara con las cifras del coronavirus. Tanto es así que ha decidido prescindir de la rueda de prensa del Comité de Gestión Técnica del Covid-19 a partir de este sábado debido a las polémicas de la última semana. Y es que poner a alguien al frente de una comparecencia que no sea precisamente de tu signo político puede ser un verdadero peligro.

Por otro lado, CSIF advierte que hay un verdadero colapso en los registros civiles como consecuencia de la emergencia sanitaria, por ello, ha exigido al ministro Juan Carlos Campo un encuentro urgente para aclarar "las deficiencias en la contabilización de la cifra de personas fallecidas".

El sindicato de funcionarios sostiene que desde el minuto uno de esta crisis "hemos exigido garantías para que los/as profesionales de la Justicia pudieran trabajar con medidas de seguridad, así como una correcta planificación de los recursos humanos para prestar los servicios esenciales en materia de Registro Civil y que contribuyera al objetivo de evitar contagios que saturaran aún más los servicios sanitarios y que es la base de la declaración del estado de alarma".

Ante las medidas tomadas por el Gobierno, como el teletrabajo, CSIF critica que se ha hecho "de forma improvisada, al margen de toda planificación y sin información suficiente a los empleados públicos que, aun así, están prestando sus equipos informáticos y conexiones personales para realizar esta función". Tanto es así que el titular de Justicia se ha negado informar a los sindicatos acerca de "cómo iba a proceder" durante la emergencia sanitaria.

CSIF valoró positivamente la última resolución "puesto que utilizando el artículo 44 del Reglamento del Registro Civil se permitía atender a lo urgente, licencia de enterramiento, posponiendo el trámite de la inscripción a un momento posterior, hasta 20 días hábiles después del enterramiento según el mismo artículo". No obstante, "nos encontramos con registros civiles que sufren demoras, una informatización incompleta y desfasada y una absoluta ausencia de planificación e información que ha impedido utilizar el Registro Civil como una fuente más de información sobre el número de fallecidos en España".

"El personal de los registros civiles está desbordado. Al no producirse el fallecimiento por muertes violentas, no hay autopsia, así que los médicos, sobre todo en pequeñas localidades, certifican el fallecimiento atendiendo a causas respiratorias o a patologías que presentase la persona difunta, ya que evidentemente no se hace la prueba", concluye.

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