La Audiencia de Teruel ha dictado una sentencia condenatoria contra un hombre, imponiéndole una pena de nueve años de prisión por el delito de agresión sexual a una menor de 16 años. Además, se le inhabilita para ejercer la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento durante un periodo de cuatro años.
Entre las penas impuestas también figura la prohibición de acercarse a la víctima a menos de 300 metros y de comunicarse con ella durante un plazo de doce años. La sentencia establece además que el condenado estará sujeto a una medida de libertad vigilada que se aplicará tras cumplir su condena, con una duración adicional de cinco años.
Análisis del caso y valoración judicial
Las magistradas han destacado en su fallo que “el relato de la menor sobre los hechos resulta congruente, persistente y carente de contradicciones relevantes o ambigüedades”. Este análisis permite concluir que se cumplen los requisitos establecidos por la jurisprudencia para considerar que la declaración de la menor es prueba suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado.
Por lo tanto, los hechos probados son considerados constitutivos de un delito de agresión sexual a menor de dieciséis años. La sentencia se fundamenta en la Ley Orgánica 10/2022, vigente en el momento en que ocurrieron los hechos.
Responsabilidad civil y contexto del delito
En concepto de responsabilidad civil, el condenado deberá abonar a la menor 20.000 euros por los daños y perjuicios ocasionados, así como hacerse cargo de todas las costas del juicio, incluidas las correspondientes a la acusación particular.
Los hechos tuvieron lugar durante una visita familiar que la menor realizó a casa de su tía, donde residían tanto el acusado como el hijo del mismo. La sentencia considera probado que durante esos días, el acusado llevó a cabo tocamientos y actos sexuales hacia la menor, quien contaba entonces con tan solo 11 años.
Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón.
La noticia en cifras
Cifra |
Descripción |
9 |
Años de prisión impuestos al acusado |
4 |
Años de inhabilitación para ejercer patria potestad y otras responsabilidades |
300 |
Metros de prohibición para acercarse a la víctima |
12 |
Años sin poder comunicarse con la víctima |
20,000 |
Euros que debe abonar el condenado a la menor por daños y perjuicios |
5 |
Años de libertad vigilada tras cumplir la pena privativa de libertad |
Preguntas sobre la noticia
¿Cuál fue la condena impuesta al hombre por agredir sexualmente a una menor?
El hombre fue condenado a nueve años de prisión por un delito de agresión sexual a una menor de 16 años.
¿Qué otras penas se le impusieron además de la prisión?
Además de la prisión, se le inhabilita para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento por cuatro años. También se le prohíbe acercarse a la víctima a menos de 300 metros y comunicarse con ella durante doce años.
¿Qué cantidad debe pagar el condenado como responsabilidad civil?
El condenado debe abonar a la menor 20.000 euros por los daños y perjuicios sufridos.
¿Dónde ocurrieron los hechos que llevaron a esta condena?
Los hechos ocurrieron durante una visita familiar que la menor realizó a casa de su tía, donde residían el acusado y el hijo de ambos.
¿Cuántos años tenía la menor en el momento de los hechos?
La menor tenía 11 años en el momento en que ocurrieron los hechos.
¿Cabe recurso contra la sentencia?
Sí, contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón.