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7 años y medio de prisión por contratar a un hombre para matar a su marido

Por Virginia González

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La víctima opuso resistencia, logró zafarse de la agresión y resultó herida. El tribunal considera a la mujer cooperadora necesaria de un delito de asesinato en grado de tentativa con la agravante de parentesco.
La sección sexta de la Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado a 7 años y medio de prisión a una mujer que contrató a un hombre para matar a su marido, quien finalmente resultó herido.

La Audiencia de Bizkaia ha considerado a la mujer cooperadora necesaria de un delito de asesinato en grado de tentativa con la agravante de parentesco.

El tribunal también ha impuesto una pena de 6 años de cárcel al varón contratado por la mujer como autor del mismo delito sin ninguna circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal en una sentencia de conformidad entre Fiscalía, defensa y acusación particular dictada “in voce” por los magistrados después de que ambos procesados reconocieran los hechos durante la vista oral.

Ambos deberán indemnizar de manera solidaria a la víctima con 1.025 euros por las lesiones físicas causadas.

El tribunal recuerda que la prueba de cargo en el presente caso consistió en la declaración de los procesados que reconocieron en el acto de la vista oral unos hechos que además “vienen corroborados” por “abundante prueba documental”.

Según se recoge en la sentencia, la mujer “contrató los servicios” del otro procesado para que “acabara con la vida de su marido por un precio de 4.000 euros”, un encargo que trató de llevar a cabo el 13 de enero de 2023.

Ese día sobre las 22.00 horas la víctima y su mujer se encontraban en el interior de un vehículo estacionado en Sestao. En un momento determinado ella, que estaba sentada en la parte trasera, fingió recibir una llamada y salió del vehículo dejando la puerta abierta, instante en el que el otro procesado entró en el mismo, golpeó al marido en la cara y le cortó con un objeto punzante en la zona derecha del cuello.

La víctima opuso resistencia y logró zafarse de la agresión, añade la resolución, que precisa que, “por ello es por lo que los procesados, pese a llevar a cabo todos los actos necesarios para conseguir acabar” con su vida, “no lo consiguieron”.

El tribunal considera que ha quedado acreditado el “dolo homicida” en el proceder de los procesados y recuerda que la zona del cuello donde resultó herida la víctima es una parte del cuerpo “con alto riesgo de compromiso vital”.

El marido sufrió tres heridas inciso-contusas de un centímetro y medio a nivel latero-cervical sin sangrado activo y otra herida superficial en el dorso de la mano izquierda.

Además de las penas de prisión y de la indemnización, la Audiencia de Bizkaia prohíbe a la mujer y al otro condenado comunicarse y acercarse a la víctima a menos de 1.000 metros durante 15 y 12 años, respectivamente.

Esta sentencia es firme.

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