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¿Suficiente condena?: La golpearon con una barra de hierro, le clavaron unas tijeras afiladas y le robaron dinero y un móvil

Imagen de archivo
OpenAI | Viernes 05 de enero de 2024
Los procesados, un hombre y una mujer, golpearon a la víctima con una barra de hierro, le clavaron unas tijeras afiladas y le robaron dinero y un móvil. La Audiencia Provincial de Alicante les impuso sendas penas de cinco años y medio de prisión.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha confirmado las condenas de cinco años y medio de prisión impuestas por la Audiencia de Alicante a los dos autores de un intento de homicidio ocurrido en la ciudad de Elda.

El Alto Tribunal valenciano ha desestimado así los recursos de apelación interpuestos por ambos penados contra la sentencia de la Audiencia alicantina, al entender que ésta se ajusta a las “reglas de la lógica y a las máximas de la experiencia” dada la existencia de la “plural prueba de cargo existente”.

Los hechos declarados probados sucedieron durante la madrugada del 27 de agosto de 2022 en la calle Santa Bárbara de Elda, cuando los dos acusados mantuvieron una discusión con la víctima.

En el transcurso de ese enfrentamiento, el hombre ahora condenado clavó al perjudicado unas tijeras afiladas en varias partes del cuerpo, entre ellas el pecho, al tiempo que le golpeó con una barra de hierro.

Por su parte, la mujer aprovechó el estado en que se encontraba el agredido para arrebatarle un teléfono móvil y 205 euros en efectivo.

La Sección Décima de la Audiencia de Alicante condenó el pasado 1 de junio a ambos acusados a sendas penas de cinco años y medio de prisión como autores de un delito de homicidio en grado de tentativa en concurso con un delito de robo con violencia.

Los magistrados apreciaron entonces para ambos la circunstancia atenuante de drogadicción, al declarar probado que son consumidores habituales de cocaína y heroína y que dicho consumo disminuyó, sin llegar a anularlas, sus capacidades intelectivas y volitivas.

El TSJCV ha confirmado ahora esa sentencia, que lleva aparejada también para los penados la prohibición de comunicarse o aproximarse al perjudicado durante seis años y medio y la obligación de indemnizarle con una cantidad próxima a los 3.000 euros.

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