La autoridad de protección de datos de Noruega, Datatilsynet, ha ordenado una prohibición temporal de la publicidad conductual de Meta, la compañía que opera Facebook e Instagram. Esta medida cautelar tendrá una duración inicial de tres meses y exige que Meta obtenga el consentimiento de los usuarios para el procesamiento de datos.
Se advierte que, aunque Meta puede ejecutar otras formas de publicidad dirigida como la orientación contextual, que no dependen del seguimiento y la elaboración de perfiles de los usuarios, obtenga el consentimiento del usuario para la publicidad conductual o enfrente multas diarias de hasta un millón de NOK (aproximadamente $ 100,000).
La prohibición temporal de publicidad conductual se ha impuesto debido a que las prácticas de Meta han sido consideradas ilegales por la Autoridad Noruega de Protección de Datos. La urgencia de este caso radica en el desprecio de Meta hacia una decisión previa y una sentencia en su contra, así como en las preocupaciones sobre la violación de los derechos de protección de datos de la población noruega.
Meta, en respuesta a la prohibición, mencionó que hay un "debate" en curso sobre las bases legales, a pesar de la sentencia reciente del TJUE. Además, afirmó que sigue comprometido con el DPC irlandés para cumplir con las normas. Sin embargo, no se confirmó si la compañía apelará contra la orden o realizará cambios en sus operaciones en Facebook e Instagram en Noruega.
Ofrecer a los usuarios de la UE una forma de oponerse al procesamiento de datos para publicidad conductual es necesario para el cambio de Meta a reclamar intereses legítimos (LI). Esto demuestra la posibilidad de una orientación de anuncios menos intrusiva.