Los magistrados condenan también a cuatro años y tres meses de prisión a Jorge G.H. por los delitos de descubrimiento y revelación de secretos cometido por funcionario público y cohecho pasivo; a la misma pena a Felipe G.S. por descubrimiento y revelación de secretos cometido por funcionario público y cohecho pasivo; a año y medio de cárcel a Javier S.L. por un delito de descubrimiento y revelación de secretos cometido por funcionario público, y a Emilio G.G. a una multa de doce meses a razón de diez euros al día como autor penalmente responsable de un delito de violación de secretos oficiales.
La Sala absuelve a José Luis G.C. de todos los delitos de los que se le imputaba y absuelve también a los acusados Francisco Nicolás G.I., Jorge G.H. y Felipe G.S. del delito de grupo criminal por el que también les perseguía el Ministerio Público.
Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de casación ante la Sala 2ª del Tribunal Supremo.
Según consta en los hechos probados de la resolución, Francisco Nicolás G.I. se puso de acuerdo con los acusados Jorge G.H. y Felipe G.S., policías municipales del Ayuntamiento de Madrid, Emilio G.G., coordinador de seguridad y emergencias municipales, y Javier S.L., guardia civil que desempeñaba su puesto en la Casa Real, para “obtener ingresos paralelos y otras prebendas relacionadas con los ambientes sociales y políticos que frecuentaban”, valiéndose de la información privilegiada y los datos relacionados con la titularidad de placas de matrícula -que en la mayoría de los casos resultaron ser de empresarios-, que los agentes facilitaban al ‘Pequeño Nicolás’ para conseguir beneficios económicos que se repartían entre ellos.
En el plenario quedó también acreditado –y así consta en la resolución que se acompaña en archivo adjunto-, que el trastorno mixto de personalidad con rasgos narcisistas del acusado no afecta en ningún grado a sus facultades volitivas e intelectivas.