Luys Coleto | Jueves 26 de noviembre de 2020
Desde marzo, jueces, fiscales, catedráticos de derecho y abogados, hasta aquellos a los que eufemísticamente se les denomina juristas de reconocido prestigio, silentes. Absolutamente. Extraño, la verdad. Además de la palmaria y postrera evidencia de que en España no existe separación entre poder legislativo y ejecutivo ni independencia judicial. Ni jamás existió. Sencillo de comprender. El maquiavélico, arbitrario y déspota Príncipe nos tiraniza con sus leyes. El legislativo, ni está ni se le espera. El judicial, al servicio del amo, con su CGPJ siempre pasteleando. Felpudillos del Tirano, sin más. España, hoy, dictadura constitucional. Consentida por los jueces. Y sin dar explicaciones de ello.
Libertad en España, desaparecida
Desde marzo, flagrante violación de derechos constitucionales. Lo último, el militar toque de queda. Vulneración del artículo 19 que declara que "los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional". Y del artículo 21.1 que señala que "se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa".
Desde marzo, derechos que nos pertenecen a nosotros - no son otorgados por el Estado, este monstruo liberticida se tan solo se limitaría a reconocerlos - derechos fundamentales, derechos humanos universales, como el derecho a la vida y a la libertad, triturados.
Desde marzo, libertades de todo tipo, aniquiladas. Con la sentencia reciente, sobre los bozales, del Supremo, supremamente injusto, más liberticidio. Y flagrante prevaricación. Los Grandes y Masónicos Ropones, en España, siempre al servicio del inicuo y criminal Príncipe. Y de la manipulada y teledirigida opinión de los súbditos.
Recuérdese, como ejemplo, entre tantas, la sentencia de La Manada.
Clarísimo fraude de ley
Desde marzo, todo fraude de ley. Y los arriba citados lo saben. Y callan. Todos hablan, formidable cortina de humo, del artículo 116. Pero todos olvidan - curioso- el 55. Apartado 1, cuyo Capítulo tiene por significativo título "De la suspensión de los derechos y libertades" y señala que "los derechos reconocidos en los artículos 17, 18, apartados 2 y 3; artículos 19, 20, apartados 1, a) y d), y 5; artículos 21, 28, apartado 2, y artículo 37, apartado 2, podrán ser suspendidos cuando se acuerde la declaración del estado de excepción o de sitio en los términos previstos en la Constitución". Así pues, queda demostrado que, en estricta puridad constitucional, para suspender los derechos antes referidos, previamente se declare el estado de excepción o de sitio. Y nada de eso ha ocurrido. Desde marzo, repito, estado de alarma.
Insuficiente cobertura jurídica para privarnos de derechos. Y tan solo hemos vislumbrado, en el ínterin, obsceno cambalache de cromos liberticidas entre gobierno nacional y autonosuyas. A ver quién mea más largo.
Falsas excusas sanitarias
Desde marzo, además, bajo falaces pretextos sanitarios. Y, desde luego, tan evidente, no se puede establecer relación lógica alguna entre suspender inalienables derechos con poner en marcha medidas presuntamente "sanitarias". La realidad es que la gente ya ni sabe qué se puede - o no - hacer, ni a qué debe ceñirse, dadas las incongruentes y totalitarias decisiones tomadas por quienes nos gobiernan. Desgobiernan, mejor expresado. Y humillan y maltratan y torturan. En fin.
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