mil21 | Miércoles 04 de noviembre de 2020
El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha acordado la apertura de juicio oral en la última pieza del caso Gürtel contra un total de 26 personas físicas, entre ellas Francisco Correa y Pablo Crespo, a los que impone el pago de unas fianzas en concepto de multas de hasta 33,6 millones de euros. La suma total de las fianzas impuestas por multas a los acusados asciende a más de 199 millones de euros.
En un auto, el magistrado acuerda la apertura de juicio oral ante la Sala de lo Penal por hechos constitutivos de delitos contra la Hacienda pública, continuado de falsedad en documento mercantil y blanqueo de capitales. De la Mata envía a juicio también a un total de 20 personas jurídicas como responsables civiles subsidiarios.
Se trata de la última pieza que quedaba en instrucción en el Juzgado Central de Instrucción 5, a excepción de una parte de la pieza de los llamados "papeles de Bárcenas" que se reabrió y que todavía se investiga en este órgano judicial.
En este caso se han investigado, por un lado, los delitos contra la Hacienda pública que pudieran haber cometido Francisco C.y Pablo C. con motivo de la ocultación de patrimonio, "en gran parte presuntamente procedente de actividades ilícitas investigas en las piezas separadas", dice el juez, y por otro, la estrategia desarrollada por ambos de ocultación y blanqueo de los ingresos procedentes de dichas actividades.
El juez sienta en el banquillo a los responsables del Grupo Correa y sus asesores fiscales
La resolución acuerda sentar en el banquillo a los responsables del llamado Grupo Correa Francisco C. y Pablo C., a sus asesores fiscales Luis D.M. y Ramón B.B., así como a empresarios y supuestos testaferros que participaron durante la época de la Gürtel en la operativa para eludir pagos a la Hacienda pública y ocultar los recursos económicos obtenidos por las personas físicas y jurídicas investigadas.
El juez incluye en la apertura de juicio oral a Javier N., Alicia M., Pablo C., Felisa J. e Inmaculada M. en ejecución de lo acordado por la Sala de lo Penal por delitos contra la Hacienda Pública, tal y como sostenían la Fiscalía y la Abogacía del Estado en sus escritos de acusación. Por el mismo motivo amplía la apertura de juicio oral respecto de Jesús C.S., Vicente Luis A., y Guillermo M.L. por delito contra la Hacienda pública.
Las responsabilidades pecuniarias reflejadas en el auto a las que deben hacer frente los acusados son el resultado de las solicitudes efectuadas en los escritos de acusación, a la vista de las eventuales multas y responsabilidades civiles que pudiera imponerse en sentencia. En el caso de Francisco C. y Pablo C., las fianzas por las multas se elevan hasta los 33,6 millones de euros. A esta cantidad hay que sumar las posibles responsabilidades civiles que deben satisfacer los acusados por IRPF, IVA y Sociedades entre 2003 y 2007 reflejadas en la resolución.
Ocultaron cantidades multimillonarias a través de complejas estructuras financieras
De la Mata explica que en el caso de Francisco C. ha quedado acreditado que las cantidades multimillonarias que ha obtenido las percibió ocultándolas a través de una compleja estructura societaria y financiera, justamente para conseguir defraudar a Hacienda simulando la inexistencia de ingresos. Los citados fondos nunca fueron declarados por aquel a la Hacienda Pública quien, de hecho, no presentó ninguna declaración tributaria desde al menos el año 1999 ocultando todos sus ingresos y rentas.
En el caso de Pablo C., continúa el instructor, también habría ocultado una parte de sus recursos económicos que procederían tanto de su intermediación en adjudicaciones irregulares como de inversiones realizadas con Correa y de servicios prestados al mismo. Dicha ocultación se habría llevado a cabo a través de estructuras financieras y societarias en España y en el extranjero; ocultando sus ingresos cobrándolos en efectivo o como ingresos de su sociedad CRESVA SL y encubriendo sus gastos como servicios recibidos por algunas de las mercantiles que gestionaba.
Los asesores Luis D.M. y Ramón B.B deben ser imputados, explica el magistrado, a título de cooperadores necesarios a la vista de la posición que han desempeñado en sus respectivas épocas y tareas en el diseño y desarrollo de las estructuras societarias. "Su papel ha sido absolutamente relevante en el diseño de la defraudación", añade.
"Eran asesores en materia de planificación fiscal y expertos en la creación de sociedades pantalla con finalidad de opacidad fiscal. Ambos eran conscientes de que los entramados que crearon y pusieron al servicio de Francisco C. y Pablo C., para ocultar y hacer circular el dinero que, ilícitamente, sabían que estaban obteniendo, solo podía tener por finalidad defraudar a la Hacienda Pública", apunta.
Para el juez, “lo relevante no es que colaboraran con Francisco C. y Pablo C. en la creación de la maraña societaria, sino que existen elementos que permiten afirmar indiciariamente (siempre a los efectos limitados de esta resolución), que estamos ante entramados diseñados específicamente desde su misma concepción con la sola finalidad de defraudar el pago de impuestos. Por la misma razón se imputa a cada uno de ellos como cooperador necesario en las defraudaciones tributarias imputadas a ambos".
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