El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha revocado la expulsión de España por cinco años de un transportista montenegrino condenado a 1 año y 6 meses de prisión por intento de agresión sexual. La decisión se basa en que la expulsión afectaría su capacidad para trabajar como conductor internacional, lo que impactaría negativamente en su vida familiar. Los hechos ocurrieron en un bar en Berriozar, donde el acusado intentó agredir sexualmente a una mujer en estado de semiinconsciencia. La defensa argumentó que la expulsión era desproporcionada, y el tribunal consideró que el encausado no tenía arraigo social en España. Tras revocar la expulsión, también se suspendió su ingreso en prisión debido a su falta de antecedentes penales y al hecho de que indemnizó a la víctima.
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha tomado la decisión de revocar la expulsión de España por un periodo de cinco años de un transportista montenegrino, quien había sido condenado a un año y seis meses de prisión por un delito de agresión sexual en grado de tentativa.
La Sala de lo Civil y Penal del TSJN, al considerar el recurso presentado por la defensa, que contó con el apoyo del fiscal, argumentó que la medida de expulsión dictada el pasado noviembre por la Audiencia Provincial dificultaría gravemente la actividad laboral del condenado como conductor internacional. La prohibición de entrada en el espacio Schengen le impediría continuar su profesión.
El incidente que llevó a la condena ocurrió alrededor de las 18:15 horas del 5 de junio de 2024, en un bar ubicado en Berriozar. Según los informes, el acusado se acercó a una mujer que se encontraba en estado de semiinconsciencia debido al consumo excesivo de alcohol y comenzó a tocarla sin su consentimiento.
Otros clientes del establecimiento intervinieron y expulsaron al hombre tras intentar forzar a la mujer a realizar sexo oral. La sentencia señala que el imputado había consumido alcohol en cantidades que afectaron moderadamente sus capacidades. Tras permanecer cuatro meses en prisión provisional, aceptó la pena solicitada por las acusaciones.
Durante el juicio, se consideraron atenuantes como la embriaguez y la reparación del daño, dado que antes del juicio había consignado 2.000 euros para indemnizar a la víctima. La defensa se opuso a una petición fiscal que solicitaba una expulsión prolongada y abogó por una suspensión de la pena privativa de libertad.
A pesar de que la Sección Primera de la Audiencia había decidido sustituir la pena privativa por una expulsión debido a su falta de arraigo social en España, el TSJN concluyó que era desproporcionada tal medida. Argumentó que el acusado, originario de Montenegro y sin intenciones de establecerse en España, tenía una presencia meramente episódica motivada por su trabajo como transportista internacional.
Con esta revocación, además, se ha acordado suspender su ingreso en prisión al cumplirse los requisitos necesarios: ausencia de antecedentes penales, penas impuestas no superiores a dos años e indemnización a la víctima.
Cifra | Descripción |
---|---|
1 año y 6 meses | Pena de prisión impuesta al transportista por intento de agresión sexual. |
5 años | Período de expulsión del territorio nacional decretado inicialmente. |
4 meses | Tiempo que el encausado estuvo en prisión provisional. |
2.000 euros | Cantidad consignada por el encausado para hacer frente a la responsabilidad civil. |
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra revocó la expulsión del territorio nacional por 5 años de un transportista montenegrino condenado a 1 año y 6 meses de prisión por intento de agresión sexual.
La Sala argumentó que la expulsión impediría al condenado continuar con su actividad laboral como conductor internacional, lo que afectaría su vida familiar y su medio de sustento.
Los hechos ocurrieron en un bar donde el procesado intentó agredir sexualmente a una mujer en estado de semiinconsciencia debido al consumo de alcohol.
Se suspendió el ingreso en prisión porque el condenado carece de antecedentes penales, la suma de las penas impuestas no supera dos años, y ha indemnizado a la víctima.