CLAVES

La Seguridad Social refuerza la protección para donantes de órganos en vivo

Donantes órganos

Mejoras en la cobertura social para quienes realizan donaciones de órganos, garantizando apoyo económico y protección durante su recuperación tras la intervención

OpenAI | Lunes 03 de marzo de 2025

La Seguridad Social en España ha implementado mejoras significativas en la protección de los donantes en vivo de órganos y tejidos para trasplante. A partir de ahora, estos donantes contarán con una situación especial de incapacidad temporal que les otorga cobertura durante el tiempo que necesiten asistencia sanitaria y estén incapacitados para trabajar. Esta medida, recogida en la Ley 6/2024, asegura que los días previos a la intervención y aquellos posteriores al ingreso hospitalario estén cubiertos. Además, se establece un subsidio económico del 100% de la base reguladora para quienes se encuentren en esta situación, sin necesidad de cumplir un periodo mínimo de cotización. Para más información, visita el enlace.



Las personas que donan órganos o tejidos en vivo para su posterior trasplante contarán, a partir de ahora, con una mejor protección por parte de la Seguridad Social. Esta mejora se implementa mediante una nueva medida que establece como situación especial de incapacidad temporal por contingencias comunes aquella en la que se encuentre el trabajador donante durante los días en que reciba asistencia sanitaria y esté incapacitado para desempeñar su labor.

De acuerdo con el preámbulo de la norma, contenida en la Ley 6/24, de 20 de diciembre, se ha considerado necesario establecer un supuesto especial de incapacidad temporal (baja laboral) con una protección específica para aquellas personas que altruistamente ceden un órgano o tejido, contribuyendo así a salvar vidas o mejorar las condiciones de vida de otros. El propósito es proporcionarles una cobertura lo más amplia posible.

Detalles sobre la incapacidad temporal

Esta nueva categoría de incapacidad temporal abarca tanto los días previos a la intervención, relacionados con la preparación médica necesaria para la cirugía, como los días transcurridos desde el ingreso hospitalario hasta el alta por curación tras el trasplante.

La prestación económica asociada a esta situación no requiere un periodo mínimo de cotización y consiste en un subsidio equivalente al cien por ciento de la base reguladora establecida para las prestaciones por incapacidad temporal derivadas de contingencias comunes. Este subsidio será abonado desde el primer día de baja y estará a cargo de la entidad gestora o colaboradora responsable de cubrir dicha incapacidad (INSS, ISM o Mutua Colaboradora con la Seguridad Social).

Preguntas sobre la noticia

¿Qué mejora se ha implementado para los donantes en vivo de órganos o tejidos?

Las personas donantes en vivo de órganos o tejidos ahora tienen una mejor protección de la Seguridad Social, ya que se establece una situación especial de incapacidad temporal por contingencias comunes durante el tiempo que estén incapacitados para trabajar debido a la donación.

¿Qué cubre la nueva situación especial de incapacidad temporal?

La nueva situación especial abarca tanto los días previos a la intervención quirúrgica como los días posteriores al ingreso hospitalario hasta que el donante sea dado de alta por curación.

¿Cuál es la prestación económica asociada a esta medida?

Los donantes tienen derecho a un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora establecida para las prestaciones de incapacidad temporal, sin necesidad de cumplir con un periodo mínimo de cotización.

¿Quién abona el subsidio por incapacidad temporal?

El subsidio es abonado desde el primer día de baja por la entidad gestora o colaboradora que cubra la incapacidad temporal, como el INSS, ISM o una Mutua Colaboradora con la Seguridad Social.

TEMAS RELACIONADOS:


Noticias relacionadas