El Gobierno de España, a través del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, ha anunciado la prórroga del cese extraordinario de actividad para autónomos afectados por la DANA. La ministra Elma Saiz confirmó que esta medida se ampliará para proteger a los trabajadores que debieron suspender su actividad debido al temporal. Hasta ahora, 4.227 autónomos han solicitado esta prestación, que puede ser total o parcial según las circunstancias. Los beneficiarios no necesitarán cumplir con el periodo mínimo de cotización y podrán solicitarlo a través de su mutua colaboradora. Esta decisión reafirma el compromiso del Gobierno en brindar apoyo continuo a los afectados por la DANA. Para más información sobre cómo solicitar esta ayuda, se puede visitar el portal de la Seguridad Social.
El Gobierno español, a través del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, ha decidido prorrogar el cese extraordinario de actividad destinado a los autónomos que se vieron obligados a detener o suspender sus labores debido a las consecuencias del temporal conocido como DANA. La ministra Elma Saiz fue la encargada de anunciar esta medida, confirmando que la prestación se extenderá en el tiempo para garantizar la protección de estos trabajadores.
Esta extensión del cese de actividad permitirá a los autónomos asegurar sus ingresos y facilitar su reincorporación gradual al trabajo tan pronto como sea posible. Saiz enfatizó: “Desde el minuto cero pusimos en marcha un conjunto de medidas muy importantes para proteger a los afectados por la DANA. El Gobierno de España se comprometió, y así queda demostrado, en desplegar toda la ayuda que haga falta todo el tiempo que sea necesario”.
A tres meses del impacto de la DANA, se ha informado que 4.227 personas han solicitado esta prestación extraordinaria de la Seguridad Social. Esta ayuda puede ser total o parcial, dependiendo de si el 75% de la facturación proviene de las áreas afectadas por el fenómeno meteorológico.
Los trabajadores autónomos podrán acceder a esta prestación sin necesidad de cumplir con el periodo mínimo de cotización, que generalmente es de 12 meses. Además, esta medida no afectará negativamente sus futuras prestaciones, lo que se conoce como contador a cero. También se reconoce este derecho a aquellos autónomos que operan bajo tarifa plana.
Es posible solicitar un cese de actividad temporal parcial bajo ciertas condiciones:
Los interesados deberán presentar su solicitud ante la mutua colaboradora con la Seguridad Social correspondiente. Para aquellos autónomos que cuentan con tarifa plana, será necesario formalizar su adhesión con dicha mutua al momento de realizar la solicitud.
Es una prestación que permite a los autónomos que han tenido que parar o suspender su actividad debido al temporal DANA, continuar asegurando sus ingresos o facilitar su reincorporación gradual a la actividad.
Pueden acceder todos los trabajadores autónomos afectados por la DANA, incluso aquellos que no tengan el periodo mínimo de cotización exigido, y también los que están bajo tarifa plana.
La solicitud debe realizarse en la mutua colaboradora con la Seguridad Social que cubra esta contingencia para el trabajador autónomo. Los autónomos con tarifa plana deben formalizar su adhesión con dicha mutua al momento de la solicitud.
Puedes visitar el portal de información sobre todas las ayudas relacionadas con DANA en Info DANA.