El Consejo de la Unión Europea ha renovado la lista de personas, grupos y entidades sujetas a medidas restrictivas para combatir el terrorismo, manteniendo 14 personas y 22 grupos en la lista. Se ha deslistado a una persona fallecida. Las medidas incluyen el congelamiento de fondos y recursos económicos en los Estados miembros de la UE, así como la prohibición de poner a disposición fondos a los listados. Además, se han extendido las excepciones humanitarias hasta febrero de 2027 para asegurar la entrega continua de asistencia humanitaria, conforme a la resolución del Consejo de Seguridad de la ONU 2664 (2022). Esta lista es independiente del régimen que implementa las resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU sobre Al-Qaida y ISIL/Da'esh.
El Consejo de la Unión Europea ha tomado la decisión de renovar la lista de personas, grupos y entidades que están sujetos a medidas restrictivas en su lucha contra el terrorismo. En esta actualización, se ha eliminado a una persona fallecida, mientras que el resto de los nombres permanece sin cambios.
Actualmente, un total de 14 personas y 22 grupos se encuentran bajo estas medidas restrictivas, las cuales incluyen la congelación de fondos y otros activos financieros en los Estados miembros de la UE. Además, está prohibido que los operadores europeos faciliten recursos económicos a aquellos que figuran en la lista.
En su reunión, el Consejo también decidió ampliar la duración de las excepciones humanitarias, que fueron introducidas en febrero de 2024 por un periodo inicial de un año. Estas excepciones se extenderán hasta el 22 de febrero de 2027, con el objetivo de garantizar la entrega continua y oportuna de asistencia humanitaria y otras actividades que apoyen necesidades humanas básicas, en conformidad con la resolución 2664 del Consejo de Seguridad de la ONU (2022).
La lista terrorista de la UE, que forma parte del régimen sancionador establecido en la Posición Común 2001/931/CFSP, es independiente del régimen europeo que implementa las resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU 1267 (1999), 1989 (2011) y 2253 (2015), dirigidas a Al-Qaida y ISIL/Da’esh.
Además, la UE tiene la capacidad de aplicar medidas restrictivas autónomamente contra ISIL/Da’esh y Al-Qaida, así como contra individuos y entidades asociadas o que les apoyen.
Es importante señalar que la lista terrorista de la UE es distinta del marco sancionador adoptado en enero de 2024, el cual se centra en aquellos que apoyan o facilitan acciones violentas por parte de Hamas o la Yihad Islámica Palestina.
Descripción | Cantidad |
---|---|
Personas sujetas a medidas restrictivas | 14 |
Grupos y entidades sujetas a medidas restrictivas | 22 |
Año inicial de las excepciones humanitarias | 2024 |
Nueva fecha límite para las excepciones humanitarias | 22 febrero 2027 |
El Consejo decidió renovar la lista de personas, grupos y entidades sujetas a medidas restrictivas para combatir el terrorismo, eliminando a una persona fallecida y manteniendo el resto sin cambios.
Actualmente hay 14 personas y 22 grupos y entidades sujetas a las medidas restrictivas en vigor.
Las medidas restrictivas incluyen la congelación de fondos y otros activos financieros o recursos económicos en los Estados miembros de la UE, así como la prohibición para los operadores de la UE de poner fondos y recursos económicos a disposición de los listados.
Se decidió extender la duración de las excepciones humanitarias hasta el 22 de febrero de 2027, para asegurar la entrega continua y oportuna de asistencia humanitaria y otras actividades que apoyen necesidades humanas básicas.
La lista de terroristas de la UE es un régimen separado del que implementa resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU y puede aplicar medidas restrictivas autónomamente contra ISIL/Da’esh y Al-Qaida.