El Ministerio de Hacienda, a través de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), ha recibido en 24 horas cerca de 11.000 solicitudes, en concreto 10.985 peticiones, por parte de empresas y autónomos para recibir ayudas directas que palien los daños causados por la DANA registrada el pasado 29 de octubre, y que ha dañado especialmente a municipios de la provincia de Valencia, pero también a algunas localidades de otras comunidades, todo ello recogido en el Real Decreto-ley 6/2024.
El plazo para solicitar estas ayudas directas, gestionadas a través de la web de la Agencia Tributaria, empezó el 19 de noviembre y finalizará el 31 de diciembre de 2024.
Con la idea de que tanto la solicitud como la concesión de estas ayudas sea lo más sencilla y rápida posible, se ha puesto a disposición de autónomos y empresas un formulario electrónico en la página web de la Agencia Tributaria en el que indicarán la cuenta bancaria en la que deseen recibir el abono de la ayuda.
Posteriormente, las ayudas serán abonadas por la Agencia Tributaria mediante transferencia bancaria, a partir del 1 de diciembre. Además, estas ayudas estarán exentas de tributación tanto en el IRPF como en el Impuesto sobre Sociedades.
Estas ayudas se incluyeron en el Real Decreto-ley aprobado en Consejo de Ministros el pasado 5 de noviembre, que alcanzaba un impacto presupuestario total de 10.600 millones de euros.
En concreto, este Real Decreto-ley contemplaba la concesión de ayudas directas para los más de 100.000 autónomos y empresas de los municipios más golpeados por la DANA. Se trata de ayudas directas a los trabajadores autónomos y empresas que sean contribuyentes del IRPF por actividades económicas, o contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
Los beneficiarios de estas ayudas directas para autónomos y empresas son aquellos cuyos locales y establecimientos se hayan visto afectados, aunque no tengan su domicilio fiscal en los municipios afectados por la DANA.
En el caso de las empresas, el importe de las ayudas dependerá del volumen de operaciones del ejercicio 2023. De esta forma, para las pymes con una facturación inferior al millón de euros la ayuda será de 10.000 euros. Para aquellas empresas con un volumen de operación de entre 1 y 2 millones, la ayuda será de 20.000 euros; de 40.000 euros si ha estado entre 2 y 6 millones; de 80.000 euros en el caso de un volumen entre 6 y 10 millones de euros; y las empresas afectadas con más de 10 millones de volumen de operaciones en 2023 dispondrán de una ayuda de 150.000 euros. En total, más de 33.800 empresas de los municipios dañados por la DANA se podrán beneficiar de estos recursos.
En el caso de los autónomos, la ayuda será de 5.000 euros y beneficiará a más de 70.000 trabajadores por cuenta propia.
Asimismo, otras medidas fiscales puestas en marcha frente a los efectos de la DANA y que beneficiaran a las empresas y autónomos son las exenciones y reducciones en las cuotas del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) correspondientes al ejercicio 2024 que afecten a los inmuebles dañados por la DANA. En el caso de que los contribuyentes hubieran realizado ya el pago, podrán solicitar la devolución de las cantidades abonadas.
También se contempla una flexibilización de los plazos tributarios, de forma que las declaraciones, liquidaciones, requerimientos, alegaciones y demás diligencias que vencían en los meses de noviembre o diciembre se ampliarán hasta el 30 de enero de 2025. También se facilitan los aplazamientos sin coste por intereses de demora durante los seis primeros meses.
Asimismo, el pasado 11 de noviembre el Consejo de Ministros aprobó un segundo Real Decreto-ley que también contempla más medidas para ayudar a salir adelante a empresarios y autónomos.
En concreto, el Gobierno aprobó una reducción del 25% en la tributación por módulos de los autónomos afectados por la DANA. Esta medida permitirá un ahorro medio de casi 400 euros a más de 22.600 contribuyentes.
Además, también se reducen un 25% las cuotas devengadas en el régimen simplificado de IVA, lo que permitirá un ahorro de 92 euros de media para otros 4.900 autónomos.
En esta segunda norma de calado aprobada por el Ejecutivo se permite excepcionalmente a los autónomos y empresarios renunciar a la tributación por módulos en 2024 y acudir al sistema de estimación directa, aunque se da la posibilidad para que vuelvan a ese régimen de tributación en 2025 y 2026 si lo prefieren.
En este segundo Real Decreto-ley se extendió la flexibilización en los plazos y procedimientos tributarios a aquellos de ámbito autonómico y local, en la misma línea con los establecidos para los de carácter estatal con la Agencia Tributaria.