www.mil21.es

familia franco

20/04/2021@19:52:42
El tribunal destaca que la Administración demandó un derecho de propiedad sobre una parcela catastral, un concepto que no incluye “mesas, sillas, vajillas, alfombras o cuadros”. Los jueces recuerdan que en la sentencia de primera instancia “no se dice que los muebles sean propiedad del Estado, ni nunca se tocó esa cuestión en todo el litigio”.

El tribunal indica en la providencia que el heredero que se da por personado en la causa ha asumido “como propio todo cuanto se ha actuado y resuelto hasta la fecha en el presente procedimiento".

La magistrada ha acordado, a instancias de la Administración, la ejecución provisional de la sentencia que declara que el inmueble es propiedad pública. La entrega será verificada por la comisión judicial en el propio pazo por motivos de seguridad y para preservar su integridad.
  • 1

La magistrada ha estimado la medida cautelar solicitada por el Estado con el fin de “preservar la integridad” del inmueble. La Administración advierte del “riesgo” de que “sea vaciado sin ningún tipo de constancia de los bienes de su interior”. Técnicos de la Consellería de Cultura comenzarán la elaboración del registro el 11 de noviembre a las 10.30 horas.