En total quedan cuatro jornadas de un juicio que es la secuela del que se celebró en 2019 contra los líderes políticos del 'procés', que resultaron condenados por sedición. La Sala ha fijado las sesiones pendientes para los próximos 8, 15, 16 y 17 de junio.
Para garantizar las medidas de protección sanitarias contra el Covid-19, la sesión de lunes se celebrará en el salón de actos de la sede situada en la calle Génova, por ser la más grande del edificio y, por tanto, en la que se puede garantizar la distancia de seguridad entre los presentes.
La vista se prevé breve, porque el Fiscal sólo modificará y elevará a definitivas sus conclusiones y dejará para el día 15 la exposición de su informe final. Los días 16 y 17 de junio están reservados a los informes de las defensas y la última palabra.
Participación telemática
El juicio se reanudará el lunes en la sede de Génova a partir de las 11.00 horas de la mañana y con la conformidad de las defensas la participación de los acusados se realizará por videoconferencia desde un órgano judicial de Barcelona. La vista pasará a ser presencial el resto de las sesiones y se celebrará en la sede de San Fernando de Henares, con salas más grandes, que permitirán el distanciamiento social para evitar el contagio de coronavirus.
El juicio será retransmitido en streaming por TVE a través de una señal a la que podrán acceder los medios de comunicación que lo soliciten. El acceso de los redactores a la sala de vistas y a la sala de prensa estará restringido a un número concreto de profesionales para garantizar las medidas de prevención adoptadas como consecuencia de la pandemia del coronavirus y el principio de publicidad de las actuaciones judiciales.
Mientras se mantengan las medidas de prevención adoptadas por Covid-19, el aforo de las salas de prensa de Génova y de San Fernando de Henares se restringirá para mantener la distancia interpersonal de seguridad de, al menos, dos metros entre los profesionales. Por ello, en la sala de prensa de la sede de Génova se permitirá el acceso de 20 personas, manteniendo siempre esa distancia de seguridad, y en la de San Fernando, de 25 personas.
Sedición, no rebelión
La Fiscalía de la Audiencia Nacional tenía ya ultimadas sus conclusiones finales para este juicio. Su presentación estaba prevista para el lunes 16 de marzo, pero dos días antes el Gobierno decretó el estado de alarma y la vista se suspendió. Hasta ese momento, el Ministerio Público había mantenido la acusación por rebelión contra el mayor de los Mossos d'Esquadra, pero a la vista de la marcha del juicio estaba descartado que la mantuviera.
Pesaba que el Tribunal Supremo hubiera condenado unos meses antes por sedición y no por rebelión a los responsables políticos del 'procés'. Pero, además, la marcha del juicio y los testimonios de los testigos había desinflado de manera notable los argumentos de la acusación. Previsiblemente, la Fiscalía iba a rebajar su calificación al delito de sedición, con condena alternativa por desobediencia, que está penada con inhabilitación y no con pena de prisión, como segunda opción.
El Ministerio Público acusaba a Trapero de un delito de rebelión y pedía para él 11 años de cárcel por los sucesos del 20 de septiembre de 2017 en las puertas de la Consellería de Economía de la Generalitat y por su presunta contribución a la celebración del referéndum del 1-O.
Igual pena pedía para el exdirector de los Mossos, Pere Soler, y para el exsecretario general de Interior de la Generalitat, César Puig. En el caso de la intendente Laplana, rebajaba su acusación a sedición por lo ocurrido el 20 de septiembre y pedía cuatro años de prisión.
Aunque la rebaja de la calificación a sedición ya estaba descontada, la posibilidad de que la Fiscalía ofrezca una condena alternativa sólo por desobediencia no estaba en el guión a principios de año.
El Ministerio Público entiende que los cambios propiciados por el entonces presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, en el departamento de Interior y el ascenso a mayor de Trapero formaban parte de una estrategia para asegurarse la celebración del referéndum declarado ilegal por el Tribunal Constitucional.
Según esa argumentación, cada uno de los acusados desempeñaba un papel concreto en esa estructura. Así, Puig "alertaba de la actuación de los otros cuerpos policiales y facilitaba información a los impulsores del proceso"; Soler "daba cobertura y protección a las personas implicadas en la organización del referéndum", y Trapero "diseñó de forma deliberada unos mecanismos de actuación que impidieron que los agentes de los Mossos d'Esquadra pudieran cumplir con las instrucciones dadas".
Pérez de los Cobos coordinó el operativo
Durante el juicio, los dos testigos más contundentes y críticos respecto a la actuación de Trapero fueron el coronel de la Guardia Civil Diego Pérez de los Cobos que coordinó el operativo policial para impedir el 1-O, y el teniente coronel de la Guardia Civil Daniel Baena, como investigador principal del 'procés'.
Pérez de los Cobos afirmó que el mayor estaba claramente "alineado" con Puigdemont para lograr que la votación se llevara a cabo y su subordinado insistió en que la función de Trapero durante el 'procés' fue "garantizar el buen fin" del referéndum. Sin embargo, cuando llegó el turno del interrogatorio de la abogada Olga Tubau, que representa al mayor, ambos tuvieron que admitir que no había documento alguno que avalara sus afirmaciones de connivencia y que se basaban en “percepciones” para sacar conclusiones.
Pero además, dos de los testigos propuestos por la Fiscalía, uno de ellos el número dos de Baena, acabó afirmando que el jefe de los Mossos "en ningún momento dijo de modo explícito que estaba de acuerdo" con el 'procés'. Esta tesis también fue avalada por los testigos de la defensa, entre ellos la cúpula de la policía autonómica en la fecha de los sucesos.