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España implementa el derecho al olvido para pacientes oncológicos
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España implementa el derecho al olvido para pacientes oncológicos

Una nueva normativa busca proteger a los supervivientes de cáncer, garantizando su derecho a no ser discriminados en seguros y préstamos

jueves 06 de febrero de 2025, 16:16h

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El derecho al olvido oncológico, establecido por el Real Decreto-ley del 27 de junio de 2023 en España, permite a los pacientes que han superado un cáncer no tener que declarar su historial médico al contratar seguros o solicitar préstamos. Esta medida busca evitar la discriminación y facilitar la inclusión de estas personas en el ámbito financiero. El derecho se aplica cinco años después de finalizar el tratamiento sin recaídas y prohíbe cláusulas que excluyan a quienes han padecido cáncer. Además, los pacientes pueden solicitar la eliminación de sus datos médicos según el RGPD. Para más información, visita el enlace.

El Derecho al Olvido Oncológico: Una Nueva Realidad en España

El reciente Real Decreto-ley de apoyo al Impacto de la Guerra y otras Situaciones de Vulnerabilidad, aprobado el 27 de junio de 2023, ha introducido importantes medidas para afrontar situaciones críticas. Entre estas, se destaca la implementación del «derecho al olvido oncológico», una iniciativa que busca proteger a los pacientes con antecedentes de cáncer.

Con esta medida, España da cumplimiento a la Resolución del Parlamento Europeo del 16 de febrero de 2022, que promueve una estrategia coordinada en la lucha contra el cáncer en Europa.

Definición del Derecho al Olvido Oncológico

El derecho al olvido oncológico permite que las personas que han padecido cáncer no tengan que revelar esta información en situaciones como la contratación de seguros o la solicitud de préstamos. Este derecho es fundamental para evitar la discriminación y la necesidad de justificar un historial médico que ya pertenece al pasado.

Para garantizar su efectividad, se han realizado modificaciones en el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y en la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro.

Mecanismos del Derecho al Olvido Oncológico

El decreto establece que este derecho se aplica a aquellos pacientes oncológicos que hayan completado su tratamiento sin recaídas durante un período mínimo de cinco años. Entre las disposiciones más relevantes se encuentran:

  • Nulidad de cláusulas discriminatorias: Se declaran nulas aquellas condiciones que excluyan a una persona por haber padecido cáncer.
  • Prohibición de diferenciaciones: No se podrán hacer distinciones en la contratación de seguros basadas en antecedentes oncológicos.
  • Exención informativa: No será necesario declarar haber padecido cáncer para obtener un seguro de vida, ni se considerarán estos antecedentes en el proceso.

Beneficiarios del Derecho al Olvido Oncológico

Aquellas personas que hayan superado un diagnóstico oncológico podrán beneficiarse del derecho al olvido transcurridos cinco años desde el final del tratamiento. El Gobierno tiene la facultad de modificar este plazo según avance el conocimiento científico sobre la enfermedad.

Evidencia Científica y Su Evolución

La «evolución de la evidencia científica» hace referencia a los avances en el conocimiento sobre el cáncer. Dado que este campo está en constante desarrollo, es esencial consultar fuentes científicas actualizadas para fundamentar decisiones clínicas adecuadas.

Aplicación Generalizada del Derecho

Este derecho abarca cualquier tipo de seguro donde el tomador actúe como consumidor. Para aclarar dudas sobre su aplicación, el Ministerio de Sanidad ha elaborado un documento informativo, destinado a pacientes, aseguradoras y profesionales del área sanitaria, que será actualizado regularmente por un grupo especializado.

Supresión de Datos Médicos y Recaídas Posteriores

Bajo el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), los pacientes tienen el derecho a solicitar la eliminación de sus datos médicos. En caso de sufrir una recaída tras contratar un seguro, no están obligados a declararla; sin embargo, las aseguradoras podrían negarse a renovar el contrato bajo ciertas circunstancias.

Cambios en Otros Trámites Administrativos

Anteriores normativas obligaban a quienes habían tenido cáncer a renovar su carné de conducir con mayor frecuencia debido a su historial médico. Con esta nueva regulación, si se cuenta con un informe médico favorable tras superar la enfermedad, los plazos para renovación serán los mismos que para cualquier otra persona según su edad.

Preguntas sobre la noticia

¿Qué es el derecho al olvido oncológico?

El derecho al olvido oncológico es el derecho a que no se tenga en cuenta que alguien ha padecido un cáncer en diferentes situaciones como la contratación de un seguro de vida o la solicitud de un préstamo. Así, este derecho evita que estas personas tengan que justificar su historial médico y evita que sean discriminadas.

¿Cómo funciona el derecho al olvido oncológico?

El real decreto-ley aprobado establece el derecho al olvido oncológico en la contratación de seguros y productos bancarios de los pacientes de patologías oncológicas una vez transcurridos 5 años desde la finalización del tratamiento sin recaída.

¿Quién puede beneficiarse de esta medida?

Podrán beneficiarse de este nuevo derecho aquellas personas que hayan sufrido una patología oncológica, una vez transcurridos 5 años desde la finalización del tratamiento sin recaída posterior.

¿Qué se entiende por «evolución de la evidencia científica»?

El concepto de «evolución de la evidencia científica» se refiere a la evolución del conocimiento científico de la enfermedad. Puesto que en el área de la oncología la información científica avanza y registra progresos de manera constante, es necesaria la consulta continua de fuentes científicas actualizadas para tomar decisiones clínicas.

¿Aplica esta medida a cualquier tipo de seguro?

El derecho al olvido oncológico aplica a cualquier tipo de seguro en el que el tomador tenga la condición de consumidor.

¿Se pueden eliminar los datos médicos anteriores de las bases de datos de las empresas?

Sí, los pacientes pueden solicitar la supresión de sus datos médicos en virtud del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

¿Qué sucede si una persona sufre una recaída después de contratar un seguro?

Si estando el contrato en vigor, la persona asegurada sufre una recaída, no tendría obligación de declararla. No obstante, la aseguradora podría oponerse a la prórroga del contrato en determinados casos.

¿Y puede aplicar a otros trámites como la renovación del carnet de conducir?

A partir de esta normativa, si se ha superado el cáncer y se cuenta con un informe médico favorable, el tiempo de renovación será igual al correspondiente por edad, como cualquier otra persona.

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