Prórroga del cese extraordinario para autónomos afectados por la DANA
El Gobierno español, a través del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, ha decidido prorrogar el cese extraordinario de actividad destinado a los autónomos que se vieron obligados a detener o suspender sus labores debido a las consecuencias del temporal conocido como DANA. La ministra Elma Saiz fue la encargada de anunciar esta medida, confirmando que la prestación se extenderá en el tiempo para garantizar la protección de estos trabajadores.
Esta extensión del cese de actividad permitirá a los autónomos asegurar sus ingresos y facilitar su reincorporación gradual al trabajo tan pronto como sea posible. Saiz enfatizó: “Desde el minuto cero pusimos en marcha un conjunto de medidas muy importantes para proteger a los afectados por la DANA. El Gobierno de España se comprometió, y así queda demostrado, en desplegar toda la ayuda que haga falta todo el tiempo que sea necesario”.
Datos sobre la prestación y su acceso
A tres meses del impacto de la DANA, se ha informado que 4.227 personas han solicitado esta prestación extraordinaria de la Seguridad Social. Esta ayuda puede ser total o parcial, dependiendo de si el 75% de la facturación proviene de las áreas afectadas por el fenómeno meteorológico.
Los trabajadores autónomos podrán acceder a esta prestación sin necesidad de cumplir con el periodo mínimo de cotización, que generalmente es de 12 meses. Además, esta medida no afectará negativamente sus futuras prestaciones, lo que se conoce como contador a cero. También se reconoce este derecho a aquellos autónomos que operan bajo tarifa plana.
Condiciones para solicitar el cese temporal parcial
Es posible solicitar un cese de actividad temporal parcial bajo ciertas condiciones:
- Si al menos el 75% de la facturación se genera en localidades impactadas por la DANA.
- No es necesario tener tiempo previo de cotización.
- La solicitud podrá realizarse mientras persistan los efectos sobre la actividad profesional.
- No reducirá ni en duración ni en cuantía las futuras prestaciones.
- Se contabiliza como tiempo cotizado.
- Exoneración total de cuotas a la Seguridad Social.
Proceso para realizar la solicitud
Los interesados deberán presentar su solicitud ante la mutua colaboradora con la Seguridad Social correspondiente. Para aquellos autónomos que cuentan con tarifa plana, será necesario formalizar su adhesión con dicha mutua al momento de realizar la solicitud.
Preguntas sobre la noticia
¿Qué es el cese extraordinario de actividad para autónomos afectados por la DANA?
Es una prestación que permite a los autónomos que han tenido que parar o suspender su actividad debido al temporal DANA, continuar asegurando sus ingresos o facilitar su reincorporación gradual a la actividad.
¿Quiénes pueden acceder a esta prestación?
Pueden acceder todos los trabajadores autónomos afectados por la DANA, incluso aquellos que no tengan el periodo mínimo de cotización exigido, y también los que están bajo tarifa plana.
¿Cuáles son las condiciones para solicitar el cese de actividad temporal parcial?
- Generar el 75% de la facturación en localidades afectadas por la DANA.
- No se requiere tiempo previo de cotización.
- La solicitud se puede hacer mientras duren los efectos sobre la actividad profesional.
- No reduce la duración ni la cuantía de las prestaciones futuras.
- Se contabiliza como tiempo cotizado.
- Exoneración total de cuotas a la Seguridad Social.
¿Cómo se solicita el cese de actividad?
La solicitud debe realizarse en la mutua colaboradora con la Seguridad Social que cubra esta contingencia para el trabajador autónomo. Los autónomos con tarifa plana deben formalizar su adhesión con dicha mutua al momento de la solicitud.
¿Dónde puedo encontrar más información sobre las ayudas DANA?
Puedes visitar el portal de información sobre todas las ayudas relacionadas con DANA en Info DANA.